Plan de la máquina herramienta de las Pymes

TÍTULO O DENOMINACIÓN

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN EL AÑO 2021 CORRESPONDIENTES AL PLAN DE MODERNIZACIÓN DE LA MÁQUINA HERRAMIENTA DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

BENEFICIARIOS

  • Personas jurídicas que desarrollen una actividad industrial, al menos desde el 02/11/2018.

REQUISITOS

OBJETO, REQUISITOS Y FINALIDAD

  • La adquisición de nuevas máquinas herramienta:
    • de arranque de viruta,
    • de deformación metálica y trabajo de chapa,
    • o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva (impresión 3D)
  • Las nuevas máquinas herramienta cumplirán alguna de las siguientes condiciones:

a) supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente;

b) supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales; o

c) impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

  • Se exigirá la presentación de un resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos. El importe total de la garantía a constituir será del 100 % de la subvención propuesta.
  • Se deberá aportar un Informe de riesgos agregado (CIRBE) en el que no figure pendiente de pago una cuota con vencimiento superior a 4 años
  • El contrato de adquisición de la máquina herramienta tendrá que ser posterior a la solicitud de subvención.

PLAZO DE SOLICITUD

  • El plazo de presentación de solicitudes será entre el día 9 de octubre de 2021 y el 2 de noviembre de 2021, ambos inclusive.

PLAZO DE EJECUCIÓN

  • Desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de quince meses contados desde la fecha de la resolución de concesión.

IMPORTE

  • El importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable, incluyendo los gastos indicados, será mayor o igual que 70.000 euros (excluido el IVA o IGIC).
  • El importe de la subvención será hasta el 20% de la inversión, (10 % de los gastos subvencionables en el caso de medianas empresas) entendiendo como tal los gastos de adquisición, incluso los gastos de puesta en marcha por parte del proveedor de cada una de las máquinas herramienta hasta el límite del 15 % del presupuesto de adquisición de las máquinas herramienta.
  • En ningún caso serán subvencionables gastos asociados a la cimentación de los equipos, obra civil o instalaciones auxiliares (climatización, aislamiento, iluminación, etc.).
  • Cada ayuda quedará limitada hasta un importe máximo de 175.000 euros por máquina y el importe máximo de ayuda que podrá recibir cada entidad jurídica será de 300.000 euros.

ORGANISMO

MINCOTUR, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

TÍTULO

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN EL AÑO 2021 CORRESPONDIENTES AL PLAN DE MODERNIZACIÓN DE LA MÁQUINA HERRAMIENTA DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

BENEFICIARIOS

  • Personas jurídicas que desarrollen una actividad industrial, al menos desde el 02/11/2018.

REQUISITOS

OBJETO, REQUISITOS Y FINALIDAD

  • La adquisición de nuevas máquinas herramienta:
    • de arranque de viruta,
    • de deformación metálica y trabajo de chapa,
    • o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva (impresión 3D)
  • Las nuevas máquinas herramienta cumplirán alguna de las siguientes condiciones:

a) supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente;

b) supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales; o

c) impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

  • Se exigirá la presentación de un resguardo de constitución de garantía ante la Caja General de Depósitos. El importe total de la garantía a constituir será del 100 % de la subvención propuesta.
  • Se deberá aportar un Informe de riesgos agregado (CIRBE) en el que no figure pendiente de pago una cuota con vencimiento superior a 4 años
  • El contrato de adquisición de la máquina herramienta tendrá que ser posterior a la solicitud de subvención.

SOLICITUD

  • El plazo de presentación de solicitudes será entre el día 9 de octubre de 2021 y el 2 de noviembre de 2021, ambos inclusive.

EJECUCIÓN

  • Desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de quince meses contados desde la fecha de la resolución de concesión.

IMPORTE

  • El importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable, incluyendo los gastos indicados, será mayor o igual que 70.000 euros (excluido el IVA o IGIC).
  • El importe de la subvención será hasta el 20% de la inversión, (10 % de los gastos subvencionables en el caso de medianas empresas) entendiendo como tal los gastos de adquisición, incluso los gastos de puesta en marcha por parte del proveedor de cada una de las máquinas herramienta hasta el límite del 15 % del presupuesto de adquisición de las máquinas herramienta.
  • En ningún caso serán subvencionables gastos asociados a la cimentación de los equipos, obra civil o instalaciones auxiliares (climatización, aislamiento, iluminación, etc.).
  • Cada ayuda quedará limitada hasta un importe máximo de 175.000 euros por máquina y el importe máximo de ayuda que podrá recibir cada entidad jurídica será de 300.000 euros.

ORGANISMO

MINCOTUR, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

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