Nueva Normalidad en Canarias
Una vez superada la Fase III del «Plan para la transición hacia una nueva normalidad» y finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma, pasamos a detallar las novedades y cambios que se mantendrán vigentes en toda Canarias hasta que el Gobierno oficialmente declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
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- Obligaciones generales: continúa la obligación de aislamiento y cuarentena ante nuevos posibles casos, de respetar las medidas de seguridad e higiene, distancia de seguridad interpersonal, etiqueta respiratoria, medidas generales de aforo, limpieza y desinfección.
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- Aforo: los establecimientos, instalaciones y locales deberán exponer al público el aforo máximo, incluyendo a los trabajadores, y asegurar que dicho aforo y la distancia interpersonal se respeta entre los no convivientes en todo momento en su interior. En su defecto, será obligatorio el uso de mascarillas y el recuento y control de aforo que no se superará en ningún momento. Se evitarán aglomeraciones de entrada o salida de los locales, habilitando horarios de acceso y salido o puntos de entrada y salida diferentes. Se intentará que la circulación de personas en el interior facilite el distanciamiento interpersonal. Se utilizará cartelería o señalética para marcar la distancia interpersonal, y el itinerario de circulación dentro de los establecimientos cuando proceda, siempre teniendo en cuenta el cumplimiento de las condiciones de evacuación exigibles en la normativa aplicable. En caso de existir ascensores, se priorizará el uso de escaleras. En caso de utilizar el ascensor, se hará de forma individual a menos que sean personas convivientes o que se utilice mascarilla. Los eventos al aire libre no podrán superar el aforo de 1000 personas. Eventos en recinto cerrados, aforo máximo de 300 asistentes.
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- Limpieza y desinfección: el titular de la actividad económica será el responsible de que se cumplan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas. En establecimientos abiertos al público se realizarán estas labores por lo menos una vez al día, prestando especial atención a las zonas comunes y superficies de mayor contacto (pomos, puertas, pasamanos, mesas, teléfonos, perchas, mostradores, zonas de juego infantil, bancos, etc.). Estas medidas se extienden también a la zona de provada de personal (taquillas, vestuarios, aseos cocina, área de descanso). En comercios textiles, las prendas probadas y no adquiridas o aquellas devueltas, serán higienizadas antes de ponerse a la venta de nuevo. Los probadores se desinfectarán frecuentemente y serán utilizados por una solo persona. Se dispondrá de papeleras accionadas con pedal para depositar material desechable 8guantes, papel, pañuelos).
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- Otras medidas generales de prevención: realizar tareas de ventilación periódica, lavado de manos frecuente, disponibilidad de productos de higienización con base de alcohol a la entrada de las instalaciones. Se promoverá el uso de pago con tarjeta u otros métodos que eviten el contacto con dinero en efectivo.
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- Centros docentes: obligado cumplimiento de las medidas de desinfección y prevención, cuando no sea posible mantener el distanciamiento interpersonal será de obligado uso la mascarilla a excepción de educación infantil.
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- Restauración: distancia de 1.5m entre mesas o agrupaciones de mesas, así como la barra, entre clientes o grupos. No se permiten las cartas, que se sustituyen por pizarras, códigos QR, carteles o dispositivos electrónicos propios. No habrá elementos decorativos en las mesas, y la vajilla, cristalería, cubertería, mantelería cestas de pan, etc, se almacenar en un lugar cerrado fuera del paso de los clientes. Se eliminarán productos de autoservicio (servilleteros, aceiteras, palilleros u otros similares) priorizando formatos monodosis. El cliente no podrá ocupar una mesa sin que antes el personal del establecimiento desinfecte la mesa.
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- Actividades de establecimiento turísticos de alojamiento: respetar el aforo conforme al máximo previsto y de acuerdo a las medidas de higiene, protección y distancia mínima establecida. El personal que manipule equipajes lo hará con guantes desechables y/o toallitas desinfectantes para limpiar asas, manillas, etc. Se evitará la manipulación de vehículos de los clientes en los aparcamientos. Las actividades de animación se planificarán respetando la distancia mínima interpersonal o usando mascarillas, se realizarán preferiblemente al aire libre y evitando compartir material. En cafeterías y restaurantes, en caso de prestar servicio de buffet, éste será asistido y se utilizarán pantallas de protección, con emplatados individuales, y monodosis tapadas. En habitaciones se reducirá el uso de alfombras, decoración y amenities. Las mantas y almohadas en armarios estarán protegidas. No se permite el uso compartido de unidades de alojamientos por personas no convivientes.
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- Actividad de guía turístico: grupos de hasta máximo 25 personas respetando la distancia de seguridad o en su defecto uso de mascarillas. Estas actividades se reservarán con cita previa y se evitará el paso por lugares susceptibles de aglomeraciones. No se podrán suministrar audioguías, folletos u otro material análogo.
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- Turismo activo: se permiten las actividades de naturaleza y turismo activo organizadas por empresas habilitadas debiendo mantenerse las medidas necesarias para procurar la distancia interpersonal o en su defecto uso de mascarilla. En los medios de transporte se mantendrán las medidas de higiene y limpieza.
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- Establecimientos comerciales: aforo del 75%, excepto para establecimientos de alimentación, bebidas, productos de primera necesidad, farmacias, servicios médicos, ópticas, ortopedias, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, gasolineras, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, tintorerías y lavanderías, todo ello sin perjuicio de cumplir con las medidas de higiene y protección.
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- Actividades culturales: cine, teatro, auditorios y actividades culturales al aire libre, tendrán butacas pre-asignadas y distribuidas por núcleos de convivencia, público sentado con distancia de seguridad.
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- Museos, salas de exposiciones, bibliotecas: se permite su uso respetando la distacia de seguridad. En todas las salas habrá dispensadores de gel hidroalcohólico siendo obligatorio su uso antes de acceder. En mesas de trabajo en grupo será obligatorio el uso de mascarilla. El préstamo de libros se permite, con cuarentena de 24 horas tras la devolución.
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- Deportes: actividad física al aire libre hasta grupos de 30 personas con distancia de seguridad. En recintos cerrados, grupos de hasta 25 personas con distancia de seguridad. Las entidades titulares de las instalaciones deberán señalizar las medidas necesarias de higiene y las instrucciones de uso de la instalación. Disponibilidad de uso de material de desinfección de manos. Si por las características de la actividad no se puede mantener la distancia de seguridad ni el uso de la mascarilla, como en deportes de equipo, se organizará la actividad con grupos estables de personas evitando contacto con otros grupos.
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- Lugares de culto: 75% del aforo, manteniendo distancia de seguridad en caso de los no convivientes.
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- Velatorios y entierros: aforo de 50 personas en espacios al aire libre y 20 personas en espacios cerrados sean o no convivientes. Al acto de cremación podrán asistir un máximo de 5 personas.
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- Ceremonias nupciales: 75% del aforo o en todo caso u máximo de 250 personas al aire libre o 150 personas en espacios cerrados.
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- Control de pasajeros en puertos y aeropuertos: podrá realizarse control de temperatura así como otro tipo de medida sanitaria, a la llegada o a la salida, según se trate de viajes procedentes de aeropuertos o puertos externos al ámbito territorial de Canarias o de traslados interinsulares.
- Prevención de riesgos laborales: La Dirección General de Trabajo como autoridad laboral velará, mediante actuaciones de vigilancia y control, por el cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos laborales a adoptar por las empresas situadas en el ámbito territorial de Canarias.